Finalmente se establecieron los impuestos que pagarán los operadores venezolanos por medio de la Comisión de Finanzas. Este ente aprobó que los operadores de loterías y de salas de bingo pagarán entre un 10 y un 15% de sus ganancias brutas. Las mesas instaladas en un casino, deberán pagar cada una de ellas entre 150 y 350 unidades tributarias.
Esta normativa recibió ciertas modificaciones respecto al proyecto aprobado en una primera instancia. Concretamente se trata del tema de las exoneraciones a las instituciones benéficas y sin fines de lucro que organicen bingos, loterías y actividades hípicas. Se resolvió que este asunto quede en manos del Poder Ejecutivo, que deberá establecer primero si dichas instituciones cumplen con las condiciones de beneficencia pública para luego exonerarlas o no.
No se establecerá una tasa fija en cuento a la alícuota, sino que se determinará una tasa mínima y una máxima y se cambiará el concepto de ingresos brutos a netos. Es así como las actividades hípicas y las operadoras de loterías cancelarán entre un 10 y un 15% sobre los ingresos brutos; mientras que para las mesas de juego y las tragamonedas de los casinos se establece entre 150 y 350 unidades tributarias; y para los bingo se estipula el pago de impuestos entre 10 y 15 % aplicable sobre el monto de los ingresos brutos percibidos por jugadas realizadas en las salas durante el período de imposición.
La diferencia en el cobro de estos impuestos se debe a que las ganancias mensuales por mesa de juego llegan a 985 unidades tributarias, mientras que los ingresos brutos mensuales de las máquinas tragamonedas alcanzan los 28 mil dólares.


